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1 row where resumen = "La defensa de Adol - fo Reinoso afirma que la sentencia de la CNAT no se aplicó desde la fecha de la sentencia"
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4 | 4 | Cámara Nacional De Apelaciones Del Trabajo - Sala V | CNT 008674/2017/CA001 | Salaveron, Ivan Diego C/ Experiencia Art S.A. S/Accidente - Ley Especial | 09/02/2023 | https://www.cij.gov.ar/d/sentencia-SGU-30901203-709f-4bdc-a16f-7981dd3e3c66.pdf | La defensa de Adol - fo Reinoso afirma que la sentencia de la CNAT no se aplicó desde la fecha de la sentencia | Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional De Apelaciones Del Trabajo - Sala V Expte. Nº Cnt Expte. Nº Cnat 81487/2016/CA1 Sentencia Definitiva Nº 86802 Autos: “Sueiro, José Gastón c/ Galeno Art S.A. s/ Accidente-Ley Especial” (Juzgado Nº 76) En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los 9 días del mes de febrero de 2023 se reúnen los señores jueces de la Sala V, para dictar la sentencia en esta causa, quienes se expiden en el orden de votación que fue sorteado oportunamente el Doctor Gabriel de Vedia dijo: 1. La parte demandada interpone recurso de apelación contra la sen- tencia definitiva dictada el 13/07/2022, que admitió la acción por reparación sistémica en los términos y con los alcances que surgen del memorial presentado en formato digi- tal en fecha 03/08/2022, escrito que mereció réplica de la contraria en igual formato con fecha 08/08/2022. Por su parte, la ex representación letrada del actor, el Dr. Mario Adol- fo Reinoso, por su propio derecho, postula la revisión de los honorarios regulados en ori- gen por considerarlos reducidos. 2. Los agravios formulados por la aseguradora se encuentran dirigi- dos a cuestionar la valoración de la prueba pericial médica sobre cuya base el magistra- do de grado determinó que el actor es portador de una incapacidad psicofísica del 18,5% t.o. En primer lugar, cuestiona la incapacidad psíquica del 10% reconocida en origen y sostiene que la perita médica no se expidió acerca de las causas generadoras del daño psicológico. Asimismo, afirma que debe emplearse el método de la capacidad restante y aduce que la experta se apartó del Baremo Decr. 659/96. En segundo lugar, se agravia por la fecha de cálculo de intereses por considerar que corresponde su aplicación desde la fecha de la sentencia o en su defecto, desde la fecha de notificación de la pericia mé- dica y apela la aplicación de la tasa de interés dispuesta en el Acta N° 2630 de la Cnat. En tercer lugar, cuestiona el cálculo del Ingreso Base Mensual (Ibm). Por último, se a… |
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