cij-ar
1 row where resumen = "El Tribunal de primera instancia de la ley de derechos de la persona se limita a intentar eludir la petición del juez de la Audiencia"
This data as json, CSV (advanced)
Link | rowid ▼ | tribunal | expediente | caratula | fecha | url | resumen | texto |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
16 | 16 | Cámara Nacional De Apelaciones Del Trabajo - Sala V | CNT 005801/2021/CA001 | Lopez Verde, Jorge Hernan C/ Provincia Art S.A. S/Otros Reclamos | 09/02/2023 | https://www.cij.gov.ar/d/sentencia-SGU-51b50eb5-a097-4830-9ba6-784d916ac0b9.pdf | El Tribunal de primera instancia de la ley de derechos de la persona se limita a intentar eludir la petición del juez de la Audiencia | Poder Judicial de la Nación Camara Federal De La Plata - Sala I Flp 2349/2023 //Plata, 9 de febrero de 2023. Autos Y Vistos: Para resolver en el presente expediente Nº Flp 2349/2023 caratulado "G, M A sobre habeas corpus", que proviene del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Lomas de Zamora Nº 2. Considerando: I. Llegan las actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud de la elevación en consulta efectuada en el día de la fecha por el juez de primera instancia, en tanto decide rechazar la acción de habeas corpus intentada por M A G (cfr. artículo 10 de la ley 23.098). De acuerdo al contenido del expediente, el objeto de la acción consiste en avanzar con los trámites necesarios para la afectación a tareas remuneradas dentro del instituto penitenciario (ver denuncia del inicio). Ii. Cabe remarcar que la finalidad del habeas corpus correctivo consiste en la enmienda inmediata de todo menoscabo a las condiciones en que se cumple la privación legal de la libertad ambulatoria. En el caso, las circunstancias relatadas no constituyen ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 3 de la ley 23.098, pues la cuestión planteada se limita a intentar obtener del juez de turno una pronta decisión tendiente a solucionar los inconvenientes denunciados, relacionados con la afectación laboral de la persona detenida. Si bien el tema involucra principios constitucionales fundamentales, vinculados con el derecho a trabajar y a percibir por ello una remuneración acorde a su labor, dicha cuestión no es materia de habeas corpus, en tanto no resulta posible invocar como causal contemplada en la ley Fecha de firma: 09/02/2023 Firmado por: Cesar Alvarez, Juez De Camara Firmado por: Roberto Agustín Lemos Arias, Juez De Camara Firmado por: Laureano Alberto Duran, Secretario De Camara #37475276#356753134#20230209125038653 23.098 cualquier asunto relativo a la cotidianeidad de la vida de los internos en una unidad carcelaria, en virtud de que ello conllevaría a interpretar el espíritu de la mentada norma de manera disti… |
Advanced export
JSON shape: default, array, newline-delimited
CREATE TABLE "cij-ar" ( "tribunal" TEXT, "expediente" TEXT, "caratula" TEXT, "fecha" TEXT, "url" TEXT, "resumen" TEXT, "texto" TEXT );